Reglamentos
REGLAMENTO PARA EL TRANSPORTE DE MENORES DE EDAD:
A través del presente reglamento la cooperativa de transportadores de Cajamarca y Anaime establece las condiciones y responsabilidades para el transporte de menores de edad en cualquiera de las rutas asignadas y autorizadas por el
ministerio de transporte.
MENORES DE EDAD: se entenderá por niño o niña todas las personas entre los 0 hasta los 12 años de edad, (artículo 3 de la ley 1098 de 2006 – Código de infancia y adolescencia). Así m mismo por adolescente todas las personas entre 12 y 18 años de edad
.CONDICIONES: Todos los menores deben portar su documento de identidad de acuerdo a su edad.
- Programar el viaje con anticipación.
- Cumplir los tiempos establecidos, el pasajero debe presentarse en la agencia o terminal de transportes como mínimo media hora antes de la hora de salida.
- Todos los menores de edad deben presentar su documento de identidad de acuerdo con la edad.
Desde los 0 años hasta los 7 años: registro civil de nacimiento.
Desde los 7 años hasta los 17 años: tarjeta de identidad. - Los menores de edad no podrán viajar en la silla delantera al lado del conductor.
- Los niños y las niñas que se consideren de brazos entre 0 y dos años viajan sin ocupar asiento, bajo estricto cuidado de sus padres o de un adulto responsable y solo será permitido un niño o niña en brazos por adulto.
- A partir de los tres años todo menor de edad deberá ocupar asiento individual y pagar su pasaje.
- Los niños o niñas entre los 3 y los 12 años de edad no pueden viajar sin el cuidado o acompañamiento de sus padres o de un adulto responsable.
- Los niños y niñas ente los 13 y 17 años, pueden viajar sin la compañía de un adulto responsable, pero deben presentar el formato debidamente diligenciado de AUTORIZACIÓN PARA EL TRANSPORTE DE MENOR DE EDAD SIN ACOMPAÑANTE, (F-TP-16) el cual puede ser solicitado a nuestros funcionarios de turno en la taquilla de cada terminal; el formato se debe diligenciar y entregar dos copias, una para ser entregada en taquilla y la otra para entregarla al conductor del vehículo donde será transportado el menor; anexando los siguientes documentos: – Una copia del documento de identidad impresa por ambas caras del padre, madre o de la persona responsable del menor, que debe ser la misma que firma el formato de autorización. – Copia legible del registro civil o tarjeta de identidad del menor según sea el caso.- Solo en los casos que sea necesario dejar copia legible de la sentencia que haya decretado la designación de un tutor.
- Como responsables queda quien firma el formato de autorización y la persona por el designada para recoger el menor de edad en el lugar de destino. En el mismo formato se debe indicar nombre completo, número de identificación y teléfono de contacto; en caso de no presentarse la persona autorizada para recibir al menor, este será puesto a disposición de las autoridades competentes.
- Todas las autorizaciones que se elaboren para el transporte de menores de edad que viajen sin acompañante serán validas por un solo viaje y en la fecha estipulada en la autorización.
- En caso de presentar duda o aclaración para el viaje de menores de edad deberá comunicarse con las siguientes líneas 3112511002, 3184635388. Correo electrónico cootracaime@hotmail.com
REGLAMENTO TRANSPORTE DE EQUIPAJE:
- TODO PASAJERO POR LA COMPRA DEL TIQUETE DE VIAJE TIENE DERECHO A UN EQUIPAJE CON MEDIDAS DE 80X50X30 CMS Y UN PESO MÁXIMO DE 15 KILOS X 2 VALIJAS.
EQUIPAJE CON MEDIDAS Y PESO ADICIONAL - POR CADA ARROBA ADICIONAL EL PASAJERO CANCELARA AL TRANSPORTADOR MIL PESOS M/CTE ($1.000)
- BULTO O MALETA DE 5 ARROBAS ADICIONALES CANCELARA AL TRANSPORTADOR CINCO MIL PESOS M/CTE. ($5.000).
- LA EMPRESA NO SE HACE RESPONSABLE POR EQUIPAJE QUE NO HAYA SIDO ENTREGADO AL CONDUCTOR.
- AL ENTREGAR SU EQUIPAJE AL CONDUCTOR DEBERÁ RECLAMAR UNA FICHA CON LA CUAL RECLAMARÁ EL MISMO.
- EL PASAJERO DECLARA BAJO LA GRAVEDAD DE JURAMENTO QUE ES DUEÑO DEL EQUIPAJE Y QUE NO TRANSPORTA ELEMENTOS PROHIBIDOS, ILÍCITOS Y/O PELIGROSOS.
- NO SE PERMITE EL TRANSPORTE EN BODEGA DE ELEMENTOS DE VALOR: COMO DINERO EN EFECTIVO, EQUIPOS
ELECTRONICOS, COMPUTADORES, CELULARES, JOYAS PRODUCTOS PERECEDEROS Y/O FRAGILES ETC. - EN CASO QUE EL PASAJERO REQUIERA TRANSPORTAR ELEMENTOS DE VALOR, DEBERA REPORTARLO A LA EMPRESA PARA QUE LA MISMA ESTABLEZCA LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD NECESARIAS.
- EL PASAJERO SERÁ RESPONSABLE DEL EQUIPAJE DE MANO Y DEL QUE NO HAYA SIDO ENTREGADO AL TRANSPORTADOR, COMO TAMBIÉN DE LOS ARTICULOS FRAGILES Y/O PERECEDEROS.
- PARA RECLAMACIÓN POR PÉRDIDA DE EQUIPAJE EL PASAJERO DEBE DEMOSTRAR LA ENTREGA DEL MISMO.
- MEDIOS DE CONTACTO, ATENCION E INFORMACION CELULAR 3112511002, CORREO ELECTRONICO cootracaime@hotmail.com
- NOTA: BICICLETAS, ELECTRODOMÉSTICOS, MOTOS, MERCANCÍA AL POR MAYOR, PRODUCTOS AGRÍCOLAS E
INSUMOS POR BULTOS NO HACEN PARTE DEL EQUIPAJE.